Sobre esta propiedad
Piso altura 3º disponible en el BARRIO DE VIVIENDAS NUEVAS, Moreda. Aller.~~80 m2 de vivienda~~ 3 habitaciones, dos de ellas dobles~ Baño con pequeña ventana de ventilación. ~Cocina amplia amueblada semiequipada. ~De la cocina, salida a lavadero/terraza (acristalado)~Salón amplio y luminoso con puerta de hoja doble. ~Despensa en el pasillo. Espacio extra de almacenaje con pequeño trastero en planta 01~~Calefacción gas ciudad. ~Ventanas exteriores de PVC/CLIMALIT en perfecto estado (sólo de madera el paso de la cocina a la terraza, ya que el exterior está protegido por el cierre de la terraza, de aluminio).~~Gastos recurrentes muy económicos. ~IBI 182,77€~Comunidad mensual 35€~~Zona de fácil aparcamiento en la zona (gratuito).~Parque infantil, pista de juegos, zonas ajardinadas y vistas a la montaña sobre el río. ~~A TENER EN CUENTA; EDIFICIO SIN ASCENSOR.~~¡Visita Moreda conmigo!~~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de~servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace~constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se~desglosan a continuación:~• Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la~Comunidad Autónoma de Galicia (generalmente el 8% (CÁLCULO ___), sin perjuicio de tipos~reducidos del 7,%, 6%, 4%, 3%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o~las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro~o el precio de venta, aquel que resulte superior.~• Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado~en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel~Notarial.~• Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel~oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que~se aprueba el arancel Notarial.~• Gastos de gestión (gestoría): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la~compraventa, incluyendo la presentación y liquidación de impuestos y la inscripción en el Registro~de la Propiedad, serán asumidos por la parte compradora, en caso de que decida encargar~dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable en función del profesional o entidad~designada para su realización.~• Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios~profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios~de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE~COMPRA.~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en el~Principado de Asturias puede consultar el portal oficial de los Servicios Tributarios del Principado de~Asturias en el siguiente enlace:~ ([[utilice el formulario para contactar]])