Sobre esta propiedad
Se ofrece magnífico piso situado en una de las principales calles de Pilar de la Horadada (Alicante). Ubicado en una tercera planta de un edificio con ascensor, la vivienda cuenta con una superficie construida de aproximadamente 96 m2.~~Se distribuye en un amplio y luminoso salón-comedor, cocina independiente con lavadero, dos dormitorios y dos cuartos de baño completos, ofreciendo un espacio cómodo y funcional para el día a día.~~Su excelente ubicación en una de las principales vías de la localidad permite disponer de todo tipo de servicios a escasos metros: comercios, centros educativos, restauración y transporte público.~~Además, se encuentra a tan solo 8 minutos en coche de la Playa de las Higuericas y a 10 minutos de la Playa de las Mil Palmeras, lo que la convierte en una opción ideal tanto como residencia habitual como para segunda vivienda o inversión.~~La vivienda destaca también por su buena comunicación, con rápido acceso a la N-332 y a la AP-7, facilitando la conexión con el resto de la provincia, así como paradas de autobús ALSA a pocos minutos a pie.~~No dude en contactar con nosotros para más información o para concertar una visita. Ofrecemos posibilidad de financiación hasta el 100%~~~~El precio publicado corresponde exclusivamente al inmueble y no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa, que serán de cuenta de la parte adquirente, salvo disposición legal imperativa o pacto expreso en contrario.~Entre dichos gastos se incluyen, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría y, en su caso, honorarios de intermediación inmobiliaria.~En caso de transmisiones sujetas a ITP, se aplicará el tipo vigente en la Comunidad Valenciana en la fecha del devengo. Con carácter general, dicho tipo es del 10% (15.000 €), sin perjuicio de la posible aplicación de tipos reducidos (8%, 6%, 4% o 3%) cuando proceda conforme a la normativa autonómica aplicable y a las circunstancias personales del adquirente o a las características del inmueble. La base imponible será la mayor entre el precio de compraventa declarado y el valor de referencia catastral determinado conforme a la normativa tributaria vigente.~Los gastos notariales y registrales se determinarán conforme a los aranceles oficiales establecidos en el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, y el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, respectivamente. En su caso, los honorarios de gestoría podrán oscilar orientativamente entre 300 € y 400 €, IVA incluido, en función del alcance de los servicios efectivamente contratados.~Honorarios de intermediación inmobiliaria: con carácter general y salvo pacto en contrario, serán asumidos por la parte vendedora según lo acordado en cada operación y normativa aplicable.~La información es meramente informativa, orientativa y no contractual, pudiendo contener errores, variaciones de precio o condiciones o retirada del inmueble sin previo aviso, sin responsabilidad legal.~No constituye oferta vinculante ni compromiso contractual.~Las características del inmueble son aproximadas y pueden no coincidir con la realidad registral, catastral o técnica.~Se recomienda verificación oficial y asesoramiento profesional independiente antes de cualquier decisión.~