Sobre esta propiedad
Te presentamos un local comercial de excelentes características en la codiciada zona de Benalúa, Alicante, en la misma calle de los juzgados. Este espacio abarca 68 metros cuadrados construidos y ofrece una disposición versátil que incluye varias estancias adaptables a diferentes tipos de negocio, dentro de las cuales podemos encontrar dos oficinas y un aseo propio completo, para mayor comodidad tanto del propietario como de los clientes. La ubicación es inmejorable: se encuentra rodeado por una amplia variedad de servicios esenciales como transporte público eficiente, comercios locales vibrantes y restaurantes acogedores a pocos pasos del inmueble. Esta propiedad representa una oportunidad única para emprendedores o profesionales que desean establecer su propio negocio en un área dinámica y en constante crecimiento económico. No te pierdas la posibilidad de adquirir este local perfectamente alineado con tus necesidades empresariales; realmente puede ser el lugar ideal donde hacer realidad tus proyectos comerciales más ambiciosos. No dudes en contactarnos para visitar, estaremos encantados de atenderte.~~~~El precio publicado corresponde exclusivamente al inmueble y no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa, que serán de cuenta de la parte adquirente, salvo disposición legal imperativa o pacto expreso en contrario.~Entre dichos gastos se incluyen, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría y, en su caso, honorarios de intermediación inmobiliaria.~En caso de transmisiones sujetas a ITP, se aplicará el tipo vigente en la Comunitat Valenciana en la fecha del devengo. Con carácter general, el tipo aplicable será el establecido por la normativa autonómica vigente, que actualmente asciende al 10% (11.500 €) con carácter general, sin perjuicio de la posible aplicación de tipos reducidos cuando proceda conforme a dicha normativa. La base imponible será la mayor entre el precio de compraventa declarado y el valor de referencia catastral determinado conforme a la normativa tributaria vigente.~En el caso de transmisiones sujetas a IVA, cuando la operación esté sujeta y no exenta (por ejemplo, primera entrega o transmisión por empresario o profesional), se aplicará el tipo de IVA vigente que corresponda al bien inmueble, así como el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados conforme a la normativa autonómica aplicable en la Comunitat Valenciana.~Los gastos notariales y registrales se determinarán conforme a los aranceles oficiales establecidos en el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, y el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, respectivamente. En su caso, los honorarios de gestoría podrán oscilar orientativamente entre 300 € y 400 €, IVA incluido, en función del alcance de los servicios efectivamente contratados.~Honorarios de intermediación inmobiliaria: con carácter general y salvo pacto en contrario, serán asumidos según lo acordado en cada operación y la normativa aplicable.~La información es meramente informativa, orientativa y no contractual, pudiendo contener errores, variaciones de precio o condiciones, o retirada del inmueble sin previo aviso, sin responsabilidad legal.~No constituye oferta vinculante ni compromiso contractual.~Las características del inmueble son aproximadas y pueden no coincidir con la realidad registral, catastral o técnica.~Se recomienda verificación oficial y asesoramiento profesional independiente antes de cualquier decisión.~