Sobre esta propiedad
Te presentamos una pieza singular en una de las zonas más demandadas de Sitges. ~Un dúplex único con dos entradas independientes, lo que permite utilizarlo como una sola vivienda o como dos apartamentos totalmente separados, con licencia turística~~La vivienda destaca por su luminosidad, amplitud y versatilidad, y se distribuye en:~4 habitaciones (una de ellas tipo suite)~3 baños completos~2 cocinas independientes~2 Balcónes exterior y agradable patio interior~~Su ubicación es simplemente inmejorable: a solo 1 minuto de la playa, en pleno centro, rodeado de todos los servicios, restaurantes y comercios, y a pocos minutos de la estación de tren.~~Además, dispone de licencia turística, lo que la convierte en una opción ideal tanto para vivir como para invertir con alta rentabilidad.~Una propiedad con muchas posibilidades en un entorno privilegiado.~~La propiedad se vende sin muebles~~Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025)~PRECIO DE VENTA: 735.000€ + 80.850€ (ITP)~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:~• Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Cataluña (Valor del Inmueble hasta 600.000€ = 10%, de 600.001€ a 900.000€ = 11%, de 900.000€ a 1.500.000€ = 12%, más de 1.500.000€ = 13%), sin perjuicio de los tipos reducidos del 5%, y el 7%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.~• Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~• Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~• Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden a 350€ aproximadamente más IVA.~• Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.~• Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA.~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Cataluña, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Agencia Tributaria Catalana, en el siguiente enlace:~ ([[utilice el formulario para contactar]])