Sobre esta propiedad
Este local comercial se encuentra situado en la Calle Mayor de El Raal, una zona estratégica y céntrica que garantiza un alto flujo peatonal y visibilidad para cualquier tipo de negocio. Rodeado por diversas instalaciones comerciales como supermercados, bancos, cafeterías y restaurantes, este espacio ofrece múltiples posibilidades para su emprendimiento. Con una superficie construida de 241 metros cuadrados y útiles de 203 metros cuadrados distribuidos en dos plantas —planta baja y primera planta— cuenta con varias habitaciones ideales para oficinas o áreas operativas además de una terraza acogedora perfecta para los clientes o empleados. Su ubicación privilegiada lo posiciona como el punto ideal donde desarrollar su próximo proyecto empresarial; no pierda esta oportunidad única. Llámanos para concertar cita, estaremos encantados de atenderte.~~~~~El precio publicado corresponde exclusivamente al inmueble y no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa, que serán de cuenta de la parte adquirente, salvo disposición legal imperativa o pacto expreso en contrario.~Entre dichos gastos se incluyen, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría y, en su caso, honorarios de intermediación inmobiliaria.~En caso de transmisiones sujetas a ITP, se aplicará el tipo vigente en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en la fecha del devengo. Con carácter general, el tipo aplicable será el establecido por la normativa autonómica vigente, que actualmente asciende al 8% (3.920 €) con carácter general, sin perjuicio de la posible aplicación de tipos reducidos cuando proceda conforme a dicha normativa. La base imponible será la mayor entre el precio de compraventa declarado y el valor de referencia catastral determinado conforme a la normativa tributaria vigente.~En el caso de la tributación podrá realizarse mediante IVA y AJD cuando la transmisión esté sujeta y no exenta de IVA (por ejemplo, primera entrega o transmisión por empresario o profesional), aplicándose el tipo de IVA vigente que corresponda al bien inmueble, así como el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados conforme a la normativa autonómica aplicable en la Región de Murcia.~Los gastos notariales y registrales se determinarán conforme a los aranceles oficiales establecidos en el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, y el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, respectivamente. En su caso, los honorarios de gestoría podrán oscilar orientativamente entre 300 € y 400 €, IVA incluido, en función del alcance de los servicios efectivamente contratados.~Honorarios de intermediación inmobiliaria: con carácter general y salvo pacto en contrario, serán asumidos según lo acordado en cada operación y la normativa aplicable.~La información es meramente informativa, orientativa y no contractual, pudiendo contener errores, variaciones de precio o condiciones, o retirada del inmueble sin previo aviso, sin responsabilidad legal.~No constituye oferta vinculante ni compromiso contractual.~Las características del inmueble son aproximadas y pueden no coincidir con la realidad registral, catastral o técnica.~Se recomienda verificación oficial y asesoramiento profesional independiente antes de cualquier decisión.~